Todo sigue igual




El Tribunal de Penas del Consejo Federal de la Asociación del Fútbol Argentino no le hizo lugar a la protesta del Gaucho contra el Albiceleste y por lo tanto, todo sigue igual sportivo acumula 19 puntos, mientras que el gaucho tiene 14 y sigue en zona de descenso. 



La protesta presentada por Güemes fue rechazada por el Tribunal de Penas del Consejo Federal de AFA. 
El Gaucho había presentado la misma aduciendo una supuesta mala inclusión del delantero de Sportivo Fernández, Luis Leguizamón, quien había sido expulsado la fecha pasada ante River de Embarcación pero que no fue informado por el árbitro de manera errónea. 

1961/13 – TORNEO ARGENTINO “B” 2012/13 
Protesta: Güemes (Santiago del Estero). 
Buenos Aires, 28 de febrero de 2013.- 

AUTOS y VISTOS: 
Para resolver la protesta presentada por el Club Atlético Güemes de Santiago del Estero contra el Club Sportivo Fernández, por la supuesta mala inclusión del jugador Luís Alberto Leguizamón. 

Alega el quejoso que como lo expresan todos los medios gráficos e informativos, a Leguizamón lo expulsaron a los 30 minutos del partido disputado el día 17 de febrero entre Sportivo Fernández y River de Embarcación. 

Manifiestan que acompañan notas donde surge que el jugador había sido expulsado, ponderando que se trataría de un error en la trascripción de los informes o el árbitro no informó la expulsión.- 

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CONSIDERANDO: 
1°) El que alega la violación de un derecho que dé fundamento a la protesta de un partido, debe explicar en forma clara los hechos en que se funda, la prueba de ellos y la petición en forma expresa. Nada de ello ha ocurrido, pues la presentación refiere que Leguizamón fue expulsado en un partido en el que el Club que protesta no participó y que, además, conoció los hechos por la prensa. 

Para el Tribunal, lo que resulta válido es el informe del árbitro del partido y en éste -que hace referencia el quejoso Leguizamón- no figura expulsado. Por ende, no estaba sancionado e inhabilitado.- 

Los informes de los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y sólo mediante el aporte de prueba directa en contrario, puede desacreditarse su valor.- 

Ni el Club Atlético Güemes con derecho a efectuar la denuncia lo hizo en tiempo y ahora la prueba que ofrece, no alcanza a conmover la validez del informe arbitral. 
Por lo expuesto, la protesta debe rechazarse sin más trámite y destinar el importe depositado a la cuenta gastos de administración (arts. 13, 21, 32 y 33 del R.T.P.).- 

El Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior 
RESUELVE: 
1°) RECHAZAR SIN MÁS TRÁMITE LA PROTESTA PRESENTADA POR EL CLUB ATLÉTICO GÜEMES, EN VIRTUD DE QUE LA PRUEBA INTEMPESTIVA INVOCADA NO ALCANZA PARA DESVIRTUAR LO INFORMADO POR EL ÁRBITRO. (ARTS. 13, 21, 32 Y 33 DEL R.T.P.).- 

Fuente: Somos deportes
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